Allianz Global Corporate & Specialty confirmó que es la principal aseguradora que cubrirá el accidente del avión de Germanwings, que se estrelló en marzo en los Alpes y costó la vida a 150 personas. La compañía, sin embargo, no ha querido revelar los detalles de esa póliza. La división de la aseguradora especializada en las coberturas del sector de la aviación justificó que «no sería apropiado hacer comentarios sobre los detalles de este trágico accidente», según reportó El País.
El pago de las compensaciones a los familiares de los fallecidos, en todo caso, dependerá en parte de las causas del suceso, ya que los seguros actúan de manera distinta en las catástrofes si se trata de accidentes, negligencias o atentados. Además, en muchos casos los pagos se discuten durante años en los tribunales.
Al margen de la cantidad final desembolsada, Allianz deberá hacer frente al pago de una indemnización total millonaria, junto a otras compañías que actúan como coaseguradoras. Existen cantidades básicas marcadas por ley. La normativa del convenio de Montreal, fijada en 1999 y asumida por los países de la Unión Europea, establece que «el transportista es responsable del daño causado en caso de muerte o de lesión corporal de un pasajero por la sola razón de que el accidente que causó la muerte o lesión se haya producido a bordo de la aeronave durante cualquiera de las operaciones de embarque o desembarque».
Según los límites de responsabilidad esa normativa, actualizados en 2010, los pagos que no excedan de 113.000 derechos especiales de giro (un sistema internacional de pago, cuya unidad equivale actualmente a 1,26 euros) correrán siempre a cargo de la aerolínea, y por tanto, de su seguro. Eso son ahora 142.893 euros. En el accidente murieron 146 pasajeros (las otras cuatro víctimas eran empleados, para los que rige una norma distinta). Así, la cantidad básica a la que la compañía se enfrentaría por el pasaje sería de hasta 20,9 millones de euros. Más allá de esa cifra, si se fija una indemnización superior por la muerte de cada pasajero, el pagador podrá ser también la empresa, pero ya dependerá de si hubo una negligencia de terceros, por ejemplo, el fabricante del aparato.
La norma europea indica que los seguros contratados deben cubrir posibles pagos por viajero de 316.000 euros.
Todas las aerolíneas están obligadas a tener un seguro si quieren operar. En cuanto a la cantidad de la póliza contratada, la compañía aérea debe,en este caso por normativa europea de 2004, tener asegurada una cobertura mínima por cada pasajero que transporte de 250.000 derechos especiales de giro, es decir, de 315.856 euros. No significa que deba pagar esa cantidad a los familiares de los fallecidos inmediatamente, sino que es la cantidad que debe tener cubierta como mínimo mediante un seguro.
La prensa alemana ha señalado que, aunque la indemnización no está fijada todavía, la compañía adelantará antes de 15 días un pago de 24.000 euros por fallecido a los familiares, para hacer frente a posibles necesidades urgentes. Esa cantidad se descontará de la cantidad definitiva que se estipule como indemnización.
Pese a la existencia de normativa europea, tampoco puede garantizarse al 100% que las cantidades vayan a seguir esos baremos. En el caso, por ejemplo, del accidente de Spanair de 2008, donde murieron 154 personas y otros 18 heridos, parte de los afectados se enfrentaron a Mapfre, la aseguradora que cubría de aquella tragedia. La compañía fijó los pagos teniendo en cuenta las tablas de indemnización de accidentes de tráfico que estipula la ley española. El caso sigue en los tribunales, y mientras el colectivo formado por 32 afectados pedía 43 millones de compensación, la compañía ofrecía 4,7 millones de euros.
Otras compensaciones por seguros de vida y de asistencia
Al margen de las compensaciones que los familiares de los fallecidos tengan derecho a recibir de la aseguradora de Germanwings, estos pagos no son incompatibles con otras pólizas, como las de los seguros de vida, por lo que habrá muchas compañías del sector que acaben vinculadas al siniestro. Por una parte, aquellos seguros contratados directamente por los pasajeros a título personal, pero también, los que les cubran por formar parte de determinadas empresas, colectivos (en algunos casos los sindicatos o los colegios profesionales también los suscriben para sus miembros) o relacionados con el contrato de sus hipotecas. En España existe un registro al que los familiares de una persona fallecida pueden acudir para aclarar si hay contratos a su nombre (el Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento). Además, en el caso de tragedias como la sucedida con el avión de Germanwings, la repatriación de los fallecidos y otros gastos pueden estar cubiertos por seguros vinculados a los billetes de avión, la tarjeta de crédito con la que se adquirieron o incluso algunos seguros de hogar, aunque habitualmente los familiares deben reclamar estos pagos y no siempre son conscientes de su contratación.
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