Este seguro es proteger vuestro negocio. ¿Queréis saber cuáles son sus implicaciones y cómo contratarlo? Aquí os contamos los pasos para contratar un Seguro de Comercios y Oficinas.
En un artículo anterior definimos el seguro de comercios y oficinas y algunos de sus términos básicos. Bajo esta póliza se puede asegurar la estructura del local (lo que denominamos Continente) y todos sus bienes: mobiliario, decoración, maquinaria y existencias (el Contenido).
Para garantizar las coberturas es importante prestar atención a aspectos claves:
- En el contenido: deben declararse y tener en cuenta de forma transparente con el Mediador todos los objetos del local. De lo contrario, no podrá solicitarse la compensación correspondiente exactamente al contenido. Es necesario poner especial atención a los objetos que tengan un valor especial (cuadros, esculturas, colecciones, alfombras, etc.), cuyo valor individual exceda los límites fijados por cada compañía (habitualmente está establecido entre los 2 mil y 3mil euros).
- Salvo en los límites que se fijen en garantías opcionales de robo o atraco, se excluyen de estas coberturas: el dinero en efectivo, efectos timbrados y documentos o recibos que representen un valor de garantía de dinero, así como las joyas.
- Vehículos a motor, embarcaciones, accesorios y animales vivos (salvo que se trate de las existencias objeto de la actividad asegurada), también pueden estar excluidos del Contenido asegurado.
- En daños eléctricos suelen estar excluidos los causados en aparatos de determinada antigüedad.
- Pintadas, carteles, inundaciones por rotura de diques, goteras o filtraciones por lluvia o nieve, rotura de bombillas y desperfectos superficiales suelen también estar excluidos.
- Es muy importante aclarar los límites geográficos que se garantizan en el seguro. En algunos casos, podrían quedar excluidos de las coberturas los robos de bienes que estén al aire libre.
- La Responsabilidad Civil profesional no suele entrar en esta póliza. Para conocer más sobre ella y cómo contratarla, podéis hacer clic aquí.
- Hay que comunicar oportunamente al Mediador, antes de la contratación de la póliza, todas circunstancias que puedan agravar los riesgos del comercio u oficina.
- Siempre hay que leer detenidamente el contrato antes de su firma.
- Cumplir con el pago de las primas del seguro. Dejar de pagar la primera prima da derecho al Asegurador de disolver el contrato. Incluso, si la prima no ha sido pagada antes de que se produzca algún siniestro, el Asegurador queda librado de su obligación.
- El Asegurado o el Mediador deberán comunicar a la compañía aseguradora el acaecimiento del siniestro dentro de un plazo máximo de siete días de haberlo conocido.
- Siempre debe quedar constancia de que se han tomado las medidas de precaución necesarias y se han empleado los medios posibles para prevenir y aminorar las consecuencias del siniestro. De descubrirse algún grado de intencionalidad o negligencia, la compañía podría prescindir en cierta medida de lo establecido en el contrato.
- Comunicar la anulación del contrato mínimo dos meses de antelación a la fecha de su vencimiento.
Nuestros mediadores están disponibles para atender las necesidades de vuestro negocio. Podéis contactarlos aquí.
Si tenéis alguna duda, estamos las 24 horas en @_Advans.
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